Persona física y moral, ¿sabes cuales son las diferencias entre una y la otra? Si te dedicas a la renta de equipo profesional, es común que al iniciar tu negocio factures como persona física. Pero una vez que se constituye tu empresa e incluso involucras a otros socios, es fundamental cambiar tu estatus a persona moral.
Por eso, en este blog te compartimos las diferencias entre una y otra, así como algunos conceptos básicos para que tomes la decisión correcta y no afectes la situación fiscal de tu negocio.
¿Qué es una persona física y moral?
Lo primero que debes saber, es que para fines fiscales, es necesario definir tus actividades económicas como persona física o como persona moral. Pero para entender a cuál perteneces o cuál te conviene más, debes conocer su definición:
Una persona física, de acuerdo con el SAT, es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc), el cual tiene derechos y obligaciones.
Por su lado, una persona moral es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, (como las sociedades mercantiles, las asociaciones y sociedades civiles, etc.). Y la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
Persona física y moral, diferencias y ejemplos:
Para iniciar está el nombre con el que se identifican, la persona física se identifica por su nombre, mientras que la persona moral lo hace a través de una denominación o razón social (el nombre que le das a tu empresa).
También tienen diferencias en cuanto a información personal. Por ejemplo, una persona física tiene estado civil mientras que una moral no, ya que son varias personas. Y muy importante, la nacionalidad de una persona moral, se establece por el domicilio fiscal, ya que puede que algunos socios sean extranjeros, pero si el domicilio fiscal se encuentra en territorio nacional, se le determina la nacionalidad mexicana a esa persona moral.
En cuanto a las obligaciones fiscales, las personas morales están obligadas a presentar su contabilidad ante el SAT, mientras que las personas físicas sólo si sus ingresos son superiores a los 4 millones.
Otra de las principales diferencias entre una persona física y moral, es el régimen al que pueden pertenecer. A continuación unos ejemplos.
Regímenes para una persona física:
- Asalariados: personas contratadas para alguna unidad económica o institucional y que perciben salarios y prestaciones que asciendan a 400,000 pesos durante el ejercicio fiscal.
- Honorarios: individuos que prestan sus servicios de manera independiente a empresas, entidades gubernamentales o incluso a otras personas.
- Actividades empresariales: aquellos que generan sus ingresos de actividades relacionadas con el comercio, la industria o los servicios, sin importar su nivel de ingresos.
- RIF (Incorporación Fiscal): en este rubro están todos los contribuyentes que tienen actividades comerciales (mercancías o servicios) de manera no profesional y con ingresos inferiores a 2 millones de pesos en el ejercicio.
- Arrendamiento: si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega
Regímenes para una persona moral:
- Régimen general: son las sociedades lucrativas, organismos descentralizados que venden bienes o servicios, bancos y casas de bolsa.
- Régimen opcional de grupos de sociedades: con sociedad integradora y sociedades integradas.
- Régimen de persona moral sin fines de lucro: colegios de profesionales, cooperativas, sindicatos, sociedades civiles y demás.
Persona física y moral en la industria del arrendamiento
Para concluir, considera que siempre estarás considerado como una persona física ante el SAT: incluso si formas una persona moral con otros individuos. Esto es básico para cumplir con tus obligaciones fiscales, como expedir facturas electrónicas, llevar un registro contable y presentar tus declaraciones.
Ahora, si ya tienes un negocio dedicado a la renta de equipos profesional debes tomar en consideración algunos factores antes de cambiarte a personal moral:
- Si la intención es que emprendas tu solo un negocio, es recomendable que lo hagas como persona física, de esta manera el único representante legal o dueño de la empresa serás tú. Y toda obligación legal o decisión serán solamente tu responsabilidad.
- Si tienes socios o más personas invierten en tu negocio, es necesario registrarse como persona moral ante un notario público y luego ante el SAT. Aquí las obligaciones y derechos están divididos entre todos los que pertenecen como dueños de la empresa.
- Y si tus ingresos superan los 2 millones de ingresos anuales, lo mejor es que lo des de alta como persona moral.
OLIVER, la mejor herramienta para personas físicas y morales
El siguiente paso sería gestionar tu empresa con herramientas que te permitan llevar tu administración y contabilidad, y que al mismo tiempo te permitan cumplir con tus obligaciones fiscales sin ningún problema.
Tal es el caso de OLIVER, un poderoso Software ERP ideal para la gestión empresarial para negocios que se dedican a la renta de equipo profesional. Ya que cuenta con funciones especializadas en facturación verificada por el SAT, cotizaciones, anticipos y abonos, notificaciones de cobro, accesos por nivel o departamento, múltiples tipos de contratos y control preciso del almacén e inventarios.
Además de ofrecerte los KPI’s más importantes para monitorear los ingresos de tu negocio y logres detectar a tiempo cuando es el mejor momento para registrarte como persona moral.
¿Quieres mejorar la manera en la que administras tu negocio? Solicita una DEMO GRATIS.